Directivos dan a conocer la decisión basándose en el artículo 65 de estatutos de la “Clemente Grijalva”.
Por Jesús Álvarez Palafox
Basándose en lo que marca el artículo 65 de sus estatutos, la directiva de la Liga Clemente Grijalva decidió que la protesta presentada por el equipo del Deportivo Mingo Vázquez-Ahome ante los Abarroteros del Ejido México no procede por lo que la serie se mantiene 2-0 a favor de los Abarroteros.
En reunión especial, este sábado por la tarde se dio a conocer lo resolución a dicha protesta cuyos argumentos se basaron en la categoría del jugador Alejandro Urbalejo de los Abarroteros del México cuando este ostenta la categoría de Novato cuando a criterio del representante del Deportivo Mingo Vázquez debe de aparecer como jugador de primera fuerza.
Esto es basándose en el historial del joven jugador que cumple en este 2019 ya cuatro campañas jugando en la fuerte pelota de primera fuerza.
HISTORIA
Como ya hemos informado, el pasado domingo, el equipo del Deportivo Mingo Vázquez colocó la protesta sobre el jugador Alejandro Urbalejo con el argumento de haber cumplido ya su categoría de novato pasando a primera fuerza tomando en cuenta los estatutos.
Dentro del mismo reglamento se indica que un jugador de primer año en “Clemente” no es considerado como novato (bateador) si en este caso no cumple con 40 turnos, pero como dicen que en el “Amor y en la guerra todo se vale”, se sumaron las apariciones en la caja de bateo, muy diferente a los turnos legales, con ello y en una minuciosa inspección se constató que Alejandro Urbalejo ya cumplía con esos 40 turnos por lo que automáticamente tendría que tener la categoría de primera fuerza.
En la reunión anterior, la directiva decidió posponer su fallo para el día jueves, pero antes ya el mismo presidente había dicho que Urbalejo tenía la categoría de novato 3 a criterio de ellos mismos.
BIEN Y MAL Y CONTRADICTORIO
No fue el jueves, y fue hasta este sábado cuando se dio conocer la solución y fue hasta este sábado cuando decidieron tomar el toro por los cuernos basándose en lo que especifica al estatuto número 65 el cual contradice ya que aquí cabe aquello de bien y mal.
“Mal uso” se dice es una palabra diferente a especificar la categoría de un novato, para muchos, el término “Mal uso” se entiende que dicho novato no fue colocado como tal en la alineación, pero al decir de algunos conocedores, la palabra “Mal uso” también especifica que dicho jugador viene siendo ilegal.
Con ello, la protesta del deportivo Mingo Vázquez es improcedente por que se hizo fuera de tiempo, pero legal si se toma en cuenta que se comprueba que dicho jugador es ilegal en cuanto a su categoría, incluso se especifica que los mismos directivos están violando sus propios reglamentos al dejarlo como tal por el resto de la campaña a pesar de que ya se comprobó que este jugador cumple con las normas para ser de primera fuerza.
Textualmente, le entregamos a usted amigo lector como específica el inciso D) del artículo 65 el cual dice lo siguiente:
- D) EN CASO DE LAS PROTESTAS QUE PUDIERAN PRESENTARSE REFERENTE A LA CATEGORÍA DE NOVATOS, SERÁN ACEPTADAS Y TENDRÁN VALIDEZ HASTA LA PENÚLTIMA SERIE A EFECTUARSE DAR ALTAS A NOVATOS, PREVIA REVISIÓN MINUCIOSA QUE AVALE SU CATEGORÍA, CUANDO SE HAGA ALGÚN MOVIMIENTO EN SERIE DEL ROL REGULAR. PROCEDERÁ TODA PROTESTA RELACIONADA CON NOVATOS, CUANDO ESTOS SEAN MAL UTILIZADOS EN SU PRESENTACIÓN, NO IMPORTANDO ROL REGULAR PLAY OFF O SERIE FINAL
Entoces bajo estos conceptos, usted amigo aficionado saque sus propias conclusiones bajo los argumentos de “Mal uso” o jugador ilegal